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Línea de crédito para las empresas de víctimas del conflicto armado interno en colombia

Con el propósito de contribuir a la claridad en la atención a empresas de víctimas del conflicto armado interno, según lo dispuesto en la Ley 1448 de 2011, Bancóldex informa lo siguiente:
El día 6 de agosto de 2020, Bancóldex expidió la Circular Externa 029, en la que se consignan las características y condiciones de la linea de crédito para las empresas de víctimas del conflicto armado interno en colombia, creada para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 128 de la Ley 1448 de 2011 y demás normas que la modifican en lo pertinente.
En este contexto la Superintendencia Financiera de Colombia expidió la Circular Externa 021 de junio 20 de 2012, en la que se precisa lo siguiente:
“...las entidades deberán informar a las mencionadas víctimas que, de conformidad con lo previsto en el artículo 129 de la misma Ley, FINAGRO y BANCOLDEX manejan líneas de redescuento en condiciones preferenciales para financiar los créditos que se otorguen a ese sector de la población.”
Informamos a los posibles solicitantes de crédito, considerados Víctimas del Conflicto Armado Interno, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 3° de la Ley 1448 de 2011, sobre la existencia del Cupo Especial de Crédito para Empresas de Víctimas del Conflicto Armado Interno que tiene Bancóldex.

Circular: https://www.bancoldex.com/sites/default/files/circular_reglamentarian.02...